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 ¿POR QUE REGISTRARTE AL SIEM? 

El Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) es la red empresarial pública más grande de México, que integra todas las empresas existentes mediante un registro con presencia a nivel mundial.

Si deseas aumentar tus oportunidades de negocio, esta red empresarial es la respuesta, porque en ella encontrarás información actualizada sobre comercios, actividades productivas, servicios, turismo e industrias nacionales.

Otro de los beneficios de participar en el SIEM es que empresas extranjeras interesadas en invertir en el país, podrán conocerte y contactarte a través de esta red empresarial pública digital.

Los beneficios del SIEM son:

• Inclusión en la red empresarial pública más grande del país con presencia global.

• Es un atractivo medio digital publicitario

• Puedes captar nuevas oportunidades de negocio nacionales y extranjeras.

• Obtienes el total respaldo de la Secretaría de Economía.

• Tendrás acceso a una base actualizada de proveedores nacionales.

Fundamento legal

La Secretaría de Economía desarrolló el SIEM para integrar en un sólo instrumento la información de las empresas que participan en la actividad Económica de México, con una perspectiva de promoción continua.

La Secretaría de Economía facultó a las Cámaras para la captación de la información correspondiente en el ámbito de su circunscripción, actividad, giro y región (Artículo 1 de la LCEC).

El Artículo 27 de la ley de Cámaras Empresariales y sus confederaciones del 1 de enero de 1997, establece al SIEM como instrumento de planeación, información, orientación y consulta para la Secretaría de Economía.

El registro es obligatorio porque…

Tiene su fundamento jurídico en la ley de Cámaras Empresariales y sus confederaciones, en el capítulo IV, donde se informa la obligatoriedad que tienen los establecimientos industriales, comerciales y prestadores de servicios de registro al SIEM (Artículos 27-31 y 39-41).

¿Quién debe registrarse al SIEM?

Las personas Físicas y Morales que realizan actividades comerciales, industriales o de servicios en uno o varios establecimientos, entrando en vigor el 1 de enero de 1997. (Diario Oficial de la Federación, Capítulo 1, Artículo 6).

Tarifas autorizadas:

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